PERIODO DE REFLEXIÓN o DERECHO DE ARREPENTIMIENTO: El consumidor tiene el derecho de arrepentirse y revocar la compra por el período de diez días desde que se le entrega el producto sin gastos para el consumidor. Este derecho debe ser informado por el proveedor en todos los casos. La devolución del bien debe realizarse en las condiciones en que se encuentre conforme al uso común, ya que la devolución no implica que el bien no debe utilizarse, sino que puede haber sido utilizado adecuadamente pero que no desea mantener la compra.
En caso de optarse por el ejercicio de este derecho, no se requiere informar los motivos para la cancelación de la compra.
En caso de no que el proveedor no informe sobre este derecho, el mismo no se extingue.
La devolución implica la anulación de toda la transacción, por lo que el proveedor deberá devolver todo lo abonado por el consumidor por los mismos medios, y en forma simultánea a la devolución. En todo caso siempre puede devolverse lo desembolsado por un medio que beneficie más al consumidor (con su acuerdo), pero nunca se lo puede obligar a recibir en reemplazo una “nota de crédito”.
La cancelación debe poder realizarse por los mismos medios por los que se contrató (si se compró por internet, se cancela la compra por internet), así como la devolución también debe poder hacerse por los mismos medios que la entrega (si el correo lo llevó a domicilio, el correo debe retirarlo del domicilio).
La implementación de este derecho genera ciertos problemas, ya que en muchos casos se niega o dificulta esta facultad de forma evidente. En la comercialización vía web, muchas veces no existen directamente estas opciones las páginas, o se niegan a atender los reclamos cuando se realizan por medios telefónicos. No se permite tampoco usualmente el ejercicio de este derecho en materia bancaria, aun cuando esto está puntualmente reglamentado.